REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, 29 de junio de 2006
196º y 147º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO y los recaudos acompañados, presentados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, Extensión El Tigre, por la ciudadana: MARIA JOSE URBANO, titular de la cédula de identidad N°: 9.816.891, Abogada, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 46.004, actuando en representación de la ciudadana MELANIA ALVAREZ ALMENAR, venezolana, menor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 19.312.566.- El Tribunal, observa de la revisión exhaustiva de la presente solicitud que se encuentra involucrada una menor y en virtud de haber sido creado el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, según resolución número 2003-00030 de fecha 12 de noviembre del año 2003, en consecuencia, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer de la presente solicitud, y se acuerda declinar la presente causa al prenombrado Juzgado.
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
LA JUEZ TEMPORAL.,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
AMDELCP
ASUNTO Nª: BP12-S-2006-001780
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