REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-L-2004-000365
SENTENCIA
Vista la transacción judicial, inserta de los folios 37 al 41 del expediente, suscrita por el abogado WILMER DIAZ MEJIAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el n° 80.577, en su carácter de apoderado de la demandada ciudadana NANCY LEONOR BELLOSO PITTMAN, por una parte; y por la otra, el abogado IVAN ORTA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el n° 99.413, en su carácter de apoderado de la empresa demandada ASERCA EXPRESS C.A., quienes tienen facultad expresa para realizar dicha transacción, tal como se evidencia de los poderes que cursan de los folios 42 al 49 del expediente, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de Cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo el Tribunal da por terminado el presente juicio y ordena el archivo judicial del expediente. Así expresamente se decide. De igual manera ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, en Barcelona a los seis (06) días del mes de Junio de dos mil seis (2006).
El Juez,
Abog. Nohel Alzolay
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca
En la fecha ut supra se dictó y publicó la anterior decisión, siendo las nueve y veinte minutos (09:20) de la mañana. Conste.
La Secretaria,
Abog Romina Vacca