REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de junio de dos mil seis
196º y 147º
N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-001560
PARTE ACTORA: HECTOR JESUS ALVAREZ MARIN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDOS
PARTE DEMANDADA: CANAVEN EQUIPMENT C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: AURELIO SOLÉ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy diecinueve de junio de dos mil seis, siendo las 9:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, fue anunciado el acto a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, sólo compareció el Abogado AURELIO SOLÉ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°67.260, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada CANAVEN EQUIPMENT, C.A., tal como consta de Poder Apud Acta que riela a los folios siete al veintiséis del presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez
Abg. Yissein López
La Secretaria Suplente
Abg.Evelyn Lara
Los presentes
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