REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-L-2006-000106
PARTE ACTORA: ELPIDIA CARREÑO, titular de la cédula de identidad No. 3.423.551.
ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: JUDITH RIVERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 45.815.
DEMANDADO: JUAN CARLOS OROPEZA, titular de la cédula de identidad No. 7.150.508.
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA: ANA GABRIELA CENTENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 113.619.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, treinta (30) de junio de 2006, siendo las nueve y treinta (09:30 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, comparece por el demandado JUAN CARLOS OROPEZA, titular de la cédula de identidad No. 7.150.508, la abogada ANA GABRIELA CENTENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 113.619; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Fabiola Pérez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11:14 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. Fabiola Pérez