REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-003247

Por recibido la anterior solicitud de AUTORIZACION, propuesta por la ciudadana ADILA ROSA RABELO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.496.872, domiciliada en la calle Libertad, casa N° 48, del Barrio Tierra adentro, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, asistida por la Abogada en ejercicio LILIANA LOPEZ REBOLLEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.736, de este domicilio, actuando en nombre propio y en representación de sus hijo (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de cuatro (23) folios útiles Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la Admite. Asimismo este Tribunal acuerda Notificar a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación. Ofíciese al Departamento de Recursos Humanos de la Empresa P.D.V.S.A, Estado Anzoátegui, a los fines de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal las Prestaciones Sociales u otros beneficios que le correspondan al niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) como heredero de su difunto padre ciudadano ALEXANDER RAFAEL ARTEAGA GONZALEZ, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 10.287.624. Igualmente se acuerda oficiar al Banco Mercantil, a los fines de que remitan en Cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal la totalidad de dinero que se encuentren depositada en esa entidad Bancaria a nombre del extinto ciudadano ALEXANDER RAFAEL ARTEAGA GONZALEZ por concepto de Bono de producción depositada por la Empresa P.D.V.S.A. Librense Oficios. Asimismo se le informa que se ha Autorizado suficientemente a la ciudadana ADILA ROSA RABELO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.496.872, para que retire el o los Cheques. Se insta a la solicitante a consignar la Declaración de Únicos y Universales Herederos. Se ordena la Apertura de una Cuenta de Ahorros en Cero (o) Bolívares a nombre del niño de auto.- Librese Oficio.- Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL 02


DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA

ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/CA