REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-001051
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesto por la Ciudadana CRISTINA DEL VALLE MARQUEZ OSORIO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.707.084, asistida en este acto por el abogado en ejercicio ASDRUBAL R. GOITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.189, donde se encuentra involucrado el niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos. Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE. y le da entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: 1.-) Oficiar a la ONIDEX a los fines de solicitar los datos filiatorios del Ciudadano LUIS RICO FLORES, 2.-) Notificar del inicio a la Fiscal Undécima del Ministerio Público. Librese oficios -
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/Mary C.-