REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2005-004474
Vista la comunicación cursante al folio diecisiete (17) del presente expediente, emanada por el Licenciado ADOLFO ENRIQUE ANDRADE BASTIDAS, en su condición de Director (e) de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios, Caracas, Distrito Capital, y el contenido de la misma. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda de conformidad notificar al ciudadano HERNANDO RAFAEL RENDILES NOGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.666.928, domiciliado en: Campo Milagros, casa N° 71, Lagunillas, Estado Zulia, para que comparezca por ante este Tribunal en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana y tres y treinta de la tarde (8:30am 3:30pm), a los fines de que preste su consentimiento y autorice la inscripción y registro de la embarcación denominada “KOYOCA” por ante la Marina Nacional, propiedad de su hijo el adolescente (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Exhortándose suficientemente con facultades para Sub. Comisionar en caso de ser necesario al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Líbrese boleta de notificación y oficio.-
JUEZ PROVISORIO UNIPESONAL N° 02


DRA. ANA JACINTA DURAN LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-


LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR


AJD/lba.-