REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2006-001079
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA y CUSTODIA, propuesta por la Ciudadana ZUCAR MARIA REIS GOMEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.355.655, domiciliada en Colinas del Neverí, Av. Guzmán Lander, Residencias Los Santos, Edif.. C, Piso 8, Apartamento 84,, Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en contra del ciudadano NELSON JESUS HERNÁNDEZ MAESTRE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.286.015, domiciliado en: El Sector La Caraqueña de Pozuelo, Calle El Silencio, Casa N° 25, puerto La Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, donde se encuentra involucrada la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de tres (03) folios útil y un (01) anexo. Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, cítese al Ciudadano NELSON JESUS HERNÁNDEZ MAESTRE, arriba identificado, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y tres y treinta (03:30. m) de la tarde, a los fienes de dar contestación a la presente demanda. Asimismo se ordena la practica de los Informes Técnicos a los ciudadano ZUCAR MARIA REIS GOMEZ O y NELSON JESUS HERNÁNDEZ MAESTRE, además de de Evaluación Psicológicas a los mismos, comisionándose suficientemente al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal, notificar a la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Se le ADVIERTÉ a las partes que en la misma oportunidad del Acto de Contestación se verificará el Acto Conciliatorio, a las 10:30 am. Librese boletas.
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL N° 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/Mary C.