REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BH06-Z-2002-001025

Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO propuesto por los ciudadanos: LUIS RAMON PEREZ JONES y RAQUEL COROMOTO MAITA dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas la CONSEJO MUNICIPAL FREITES DEL ESTADO ANZOATEGUI y otra al ciudadano REGISTRADOR PRINCIPAL ESTADO ANZOATEGUI Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. En cuantos a las medidas solicitadas deben proceder por procedimiento de Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.


ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR


En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-


LA SECRETARIA.


ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR








ADJ/carmen