REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-001129
Por recibida la anterior solicitud de OFRECIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por el ciudadano EINSTEN JESUS LEON GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.291.132, de este domicilio, debidamente asistido en este acto por el Abogado LUIS DUARTE GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.673, a favor del niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) Désele entrada; Admítase; en consecuencia, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, ORDENA, Notificar por medio de Boleta a la ciudadana YENILDA COROMOTO MIJARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.322.417, domiciliada en la Calle Valdez, Casa N° 104, Sector Tierra Adentro, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su notificación, en las horas comprendidas de Ocho y Treinta Minutos de la mañana (8:30 A.M), a las Tres y Treinta Minutos de la tarde (3:30 PM), a los fines de que exponga lo que creyere conveniente sobre el Ofrecimiento Voluntario de obligación Alimentaria, propuesta por el ciudadano EINSTEN JESUS LEON GARCIA.- Librese Boleta de Notificación.- Notifíquese del inicio del presente procedimiento a la ciudadana FISCAL UNDECIMO DEL MINISTERIO PUBLICO, de esta Circunscripción Judicial.- Líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZA PROVISORIA UNIPERSONAL Nº 02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo
ordenado en él.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-.
AJD/ crc.