REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-000339

Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A propuesto por los ciudadanos: PEDRO LEOPOLDO GUZMAN SALAZAR y ALBA CRISTINA COLMENARES PEREIRA, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas a la JUNTA COMUNAL DEL MUNICIPIO CHACAO, DISTRITO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA y otra al ciudadano REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02

DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR




ADJ/carmen