REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-001191
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA y CUSTODIA, propuesta por la Abogada CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, Fiscal Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación de los niños (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de dos (02) folios útiles y cinco (05) anexos. Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, notifíquese y cítese a los Ciudadanos RICHARD ARNALDO RIOS ORTIZ y MARIA EUGENIA ORTIZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.340.867 y 12.519.472 respectivamente, domiciliados el primero en: El Conjunto Residencial Guaica Mar, Torre A, Piso 01, Apartamento 01-A, Lechería, Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui y la segunda en: La Calle 03, Casa N° 11, Sector Sabana Grande, Maturín, Estado Monagas, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.AM) de la mañana y tres y treinta (03:30. m) de la tarde, y la segunda para que dé contestación a la presente demanda, asimismo se le conceden a la ciudadana MARIA EUGENIA ORTIZ SALAZAR, tres (03) días como término de la distancia, se ordena a los fines de hacer efectiva la citación de la referida ciudadana se ordena libra exhorto al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Líbrense Boletas. Asimismo se ordena la practica de los Informes Técnicos a los ciudadano RICHARD ARNALDO RIOS ORTIZ y MARIA EUGENIA ORTIZ SALAZAR, además de de Evaluación Psicológicas a los mismos, comisionándose suficientemente al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Tribunal y al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas para que lleve a cabo dichos informes y evaluaciones respectivamente. Se le ADVIERTÉ a las partes que en la misma oportunidad del Acto de Contestación se verificará el Acto Conciliatorio, a las 10:30 AM. Librese boletas y Exhorto.-
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary C.