REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de Junio de dos mil seis.
196º y 147º
ASUNTO: BH06-X-2005-000144.
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a favor del niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), plenamente identificado en autos, el contenido de la misma; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, ACUERDA LA ENTREGA DE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL, para el niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) identificado en autos, por la cantidad de QUINIENTOS DOCE MIL BOLIVARES (Bs.512.000,oo), la cual será retirada por la ciudadana MARBELYS DEL VALLE GONZALEZ, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 0003-0051-91-0100433640, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre del mencionado niño, para cubrir gastos de su hijo el niño arriba mencionado tales como: ropa y calzados. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ZG.