REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, siete de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-001021
Por recibida la anterior demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana SANDRA JOSEFINA ASTUDILLO TRILLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.974.483, de este domicilio en contra del ciudadano JOSÉ LUIS MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.635.334, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio MIRELLA JOSEFINA BALZA, inscrita en el Inpreabogabdo bajo el N° 103.777 Désele entrada. Fórmese expediente. Anótese en los libros respectivos. Igualmente esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se declara competente por la materia para el conocimiento de la presente causa y por cuanto de la lectura de la misma se observa que no se cumplen los extremos exigidos en el encabezamiento del Artículo N° 351 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en el sentido de que en la misma no se señala quien detentará la Guarda y Custodia sobre el adolescente y niños (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) así como se regirán el Régimen de Visitas de los referidos niños. En consecuencia, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, se INSTA a los solicitantes a dar cumplimiento al mencionado Artículo y por aplicación analógica del artículo 459 EJUSDEM, se le concede tres (3) días para subsanar las omisiones antes señaladas. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dió cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary Carrmen.