Vista la diligencia de fecha 12 de abril de 1999, suscrita por el Abogado Simón Rafael Pinto, actuando con el carácter de apoderado judicial de “El Concilio General de la Asamblea de Dios”, parte demandante en este juicio, mediante la desiste de la apelación propuesta en esta causa, consignando escrito de transacción celebrado entre las partes y, solicita la devolución de las actuaciones al Tribunal de origen; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado por la parte apelante, así como la transacción celebrada por no ser contraria a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, a los fines consiguientes. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BE01-R-1997-000005).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
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