REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y MENORES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-R-2003-000028
Visto el recurso extraordinario de casación ejercido en fecha 07 de marzo de 2006, por la abogada Lourdes Reyes, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por este Tribunal Superior, en fecha 16 de febrero de 2006,en el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por el ciudadano LARRY JACK ARIAS, contra la empresa BARCELONA GOLF & COUNTRY CLUB C.A., se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, remítase original el presente expediente, a la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines legales consiguientes.
Conforme a lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal deja expresa constancia que el lapso de diez (10) días de Despacho para ejercer el recurso de casación en referencia, se inició en fecha seis (06) de marzo y finalizó el 21 de marzo de 2006, ambas fechas incluso.
El Juez Superior Temp.,
Abog. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Constante de dos piezas: La principal distinguida con la nomenclatura BP02-R- 2003- 000028, con un total de trescientos veintinueve (329) folios útiles y el cuaderno de medidas distinguido con el Nº. BP02-X-2003- 000037, con constante de tres (03) folios útiles, junto con oficio Nº. 0410- 239, se hace la remisión ordenada. Conste.
La Secretaria,
Abg.María Eugenia Pérez