REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 17 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-001165
ASUNTO : BP01-P-2006-001165
Visto el escrito presentado por la abogada: KARINA LOPEZ SUAREZ, actuando en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el cual expone que en fecha 05 de Octubre de 2005, se ordenó el inicio de la investigación por los hechos que constan en el acta policial emanada del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de fecha 04 de Octubre de 2005, en la cual se hace constar que en el sector Chuparín, Riveras del Nevera, en San Diego, se encontró el cuerpo sin vida de un ciudadano que respondía al nombre de ANGEL MOISES RIVERO, compareciendo en fecha 08 de Febrero de 2006, ante el despacho fiscal, el ciudadano: ARISTIDES JOSE RIVERO, quien solicitó se practicara exhumación al cadáver de su hijo, solicitando se sirva este Despacho fijar hora y fecha para que tenga lugar la exhumación del cadáver del hoy occiso ANGEL MOISES RIVERO, quien fuera sepultado en el Cementerio Municipal del Paraíso, de la ciudad de Puerto la Cruz, a los fines de determinar la causa de la muerte del referido ciudadano, en virtud de que al mismo no le fue practicada la autopsia, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA FIJAR EL ACTO DE LA EXHUMACIÓN para el día Lunes 27 de Marzo de 2006, a las 10:00 horas de la mañana, en la sede del Cementerio de la ciudad de Puerto la Cruz, ordenándose las notificaciones y oficios siguientes:
1.-A la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por intermedio de la doctora KARINA LOPEZ SUAREZ.
2.- Al ciudadano ARISTIDES JOSE RIVERO, padre de ANGEL MOISES RIVERO.
4.- A la Administración del Cementerio Municipal de esta ciudad.
5.- A la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz.
6.- Al Cuerpo de Bomberos de Puerto la Cruz, requiriendo colaboración para darle seguridad al acto y a las personas que deben asistir al mismo.
8.- A la Guardia Nacional, solicitando colaboración para darle seguridad al acto y a sus intervinientes.
En relación a la citación del médico anatomopatólogo forense y del Jefe de Investigaciones y funcionarios adscritos al Departamento de la División de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, se ordena oficiar al Superior Jerárquico a los fines de su asistencia al acto.
En cuanto a la petición de que se le indique al referido anatomopatólogo forense, la ubicación del sitio donde se realizará el acto, se observa que en la solicitud solo se hace referencia al Cementerio Municipal del Paraíso, ubicado en la ciudad de Puerto la Cruz.
Líbrense los oficios correspondientes y las boletas de notificación. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. IDALMIS MENDEZ
BAM/raquel.-