REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 23 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-004630
ASUNTO : BP01-P-2005-004630

Visto el escrito presentado por la abogada AMERAIDA GUZMAN, en su condición de abogada asistente del ciudadano: GUSTAVO AGUILAR, en el cual expone que cursa solicitud de fecha 01-11-2005 de su asistido, dictando el 10-11-2005 un auto donde acuerda solicitar el expediente a la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico a los fines de pronunciarse sobre la entrega del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO CAVALIER, AÑO 1997, SERIAL DE CARROCERIA DEVASTADO, PLACA BAB-76B, siendo que en fecha 01-12-2005, este despacho acordó oficial al Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil, Mercantil y de Transito de Caracas, con la finalidad de solicitar información con relación al procedimiento de subasta del referido automóvil, tomándose el Tribunal atribuciones que solo corresponden al Ministerio Publico, ya que a este Organismo corresponde la dirección de la Investigación Penal, solicitando a esta juzgadora se aboque el conocimiento de la causa, se deje sin efecto la diligencia practicada por el juzgado y se pronuncie respecto a la solicitud de entrega material del vehículo, este Tribunal Tercero de Control para decidir observa:
A los folios uno y dos del expediente riela escrito presentado por el ciudadano: GUSTAVO JOSE AGUILAR, en el cual solicita la entrega del vehículo antes descrito, ya que el mismo no presenta registros ni solicitud Judicial alguna ante el cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ni ninguna persona se disputa la propiedad del mismo, presentando desvastados los Seriales ya que fue adquirido en remate judicial.
A los folios 25 al 37, rielan documentos de compra-venta del mencionado automóvil, en el cual aparece como vendedor el ciudadano ANDERSON CAMPOS BRITO y como comprador el ciudadano GUSTAVO JOSE AGUILAR, el cual presenta nota de autenticación de fecha 03 de agosto del 2003, poder judicial otorgado al ciudadano ANDERSON CAMPOS BRITO por el ciudadano PABLO ALEXANDER CELIS y copia certificada del acta de remate de fecha 23 de Marzo de 1999.
Al folio cursa acta Judicial de fecha 26-08-2003, en la cual se dejo constancia por parte del funcionario: ALFREDO MALAVE, que encontrándose en labores de investigación se avisto un vehículo cargado en la Urbanización Boyacá II, el cual al ser verificado a través del sistema computarizado se pudo verificar que no aparecía registrado en dicho sistema, y al abrir el capot pudo darse cuenta que el mismo presentaba los seriales desvastado.
Al folio 24 riela acta emanada de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico, donde se deja constancia que efectuada llamada al Juzgado Sexto de Primera Instancia en los Civil, Mercantil del área Metropolitana de Caracas, se pudo constatar a través del alguacil del referido Tribunal que el vehículo reclamado aparece en la relación de los vehículos subastados en el Expediente N° S-94-33 del años 1999.
En relación al petitorio de la abogada diligenciante esta Juzgadora se avoca al conocimiento de la presente causa y una vez revisada las actuaciones cursantes al expediente, encuentra que no existe en el presente caso otra persona que reclame el vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO CAVALIER, AÑO 1997, SERIAL DE CARROCERIA DEVASTADO, PLACA BAB-76B, y en relación al serial desvastado se halla suficientemente evidenciado que desde el primer acto de renta se dejo debida constancia de que auto presentaba los seriales desvastados y que el mismo había sido adquirido en remate Judicial, lo cual se halla convocado a través de acta levantada por la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico.
RESOLUCION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal, en funciones de control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda la ENTREGA MATERIAL del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO CAVALIER, AÑO 1997, SERIAL DE CARROCERIA DEVASTADO, PLACA BAB-76B, al ciudadano: GUSTAVO AGUILAR, titular de la cedula de identidad N° 16.925.174. Líbrese boleta de notificación al mencionado ciudadano; a los fines de que comparezca ante este Tribunal de Control para hacerle entrega del oficio correspondiente. Líbrese oficio al encargado del Estacionamiento Metropolitano, así como al Director Nacional de Registros y Notarias del Ministerio de Interior y Justicia. Notifíquese a la abogada Ameraida Guzmán. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 3
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.
LA SECRETARIA
ABG. DESIREE LAMAS