REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 9 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2002-001638
ASUNTO : BP01-S-2002-001638
Revisadas las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en fecha 19-05-05, se realizó Audiencia Oral, oportunidad en que se fijó conforme al artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, al Ministerio Público un Lapso Prudencial de Cuarenta y cinco días para que emita acto conclusivo y de esa manera concluya la investigación; en donde se encuentra incurso el imputado SANTOS RAFAEL GOLINDANO PADILLA, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 260 en relación con el primer aparte del 259 del la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano JESUS ALBERTO PLAZA BRITO, sin embargo, revisado el Sistema Automatizado Juris 2.000, se observa que hasta la presente fecha la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de éste Estado no ha presentado acusación si ha solicitado el sobreseimiento de la causa; en consecuencia, se decreta conforme al artículo 314 Ejusdem, el Archivo Judicial de las actuaciones, el cual comporta el cese de la Medidas de Coerción Personal que hayan sido impuestas y la condición de imputado; pudiendo en todo caso el Ministerio Público reabrir la investigación sólo cuando surjan nuevos elementos de convicción que la justifique y requiera autorización previa al Órgano Jurisdiccional; y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: DECRETA CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, Y ARCHIVO JUIDICIAL DE LAS ACTUACIONES, conforme al artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado SANTOS RAFAEL GOLINDANO PADILLA, por el delito de ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 260 en relación con el primer aparte del 259 del la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescentes, en perjuicio del ciudadano JESUS ALBERTO PLAZA BRITO, el cual comporta el cese de la Medidas Cautelares impuestas en fecha 21-07-02, y la condición de imputado del referido ciudadano. Remítase oficio a la Oficina de Alguacilazgo participando lo conducente, Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público. Notifíquese a las partes; así como al Fiscal Superior del Estado, participándole que se decretó el Archivo Judicial de las actuaciones, ya que la referida Representación Fiscal no emitió acto conclusivo en lapso prudencial fijado por éste Tribunal para que concluya la Fase de Investigación Penal. Regístrese.
LA JUEZ DE CONTROL Nro: 06.
Dra. ALEXA GAMARDO RIVERO.
LA SECRETARIA.
Abg. NERMAR NARVAEZ.