REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 29 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-005878
ASUNTO : BP01-P-2003-000634
Visto el oficio OPC-46 proveniente de la Oficina de Participación Ciudadana de este Circuito Judicial Penal suscrito por la ciudadana YOJASNY GOICOCHEA CAMPOS en el cual le participa a este tribunal la comparecencia ante esa dependencia de la ciudadana YSAURA JOSEFINA PARRA BAÑEZ, escabina preseleccionada en el presente caso manifestando su excusa de participar con tal carácter en la causa seguida a los acusados CARLOS ALBERTO REQUIS y ROGELIO MACUARE GARCÍA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO. Este despacho para decidir observa:
Refiere la citada escabina que está seleccionada como tal en la causa BP01- P- 2001- 1444 la cual cursa ante el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio N° 2 de este circuito judicial penal.
Verificado el contenido del artículo 154 de la ley penal adjetiva se constatan las causales entre la cuales pueden excusarse los Escabinos y se encuentra aquella según la cual una persona haya desempeñado esta función dentro de los tres (3) años precedentes al día de la nueva designación.
Revisado el Sistema Computarizado JURIS 2000, se observa causa signada BP01-P-2001-001444, seguida ante el despacho ut supra mentado, destacándose acta del 7 de marzo de 2002 la cual es del tenor siguiente:
“ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2001-001444”
“ACTA DE AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA DE SELECCIÓN DE ESCABINOS”
“En el día de hoy, siendo las 9:00 de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar el sorteo en sesión pública del nombre de los ocho (8) Escabinos para el Juicio con Tribunal Mixto que se le sigue al acusado SMITH JOSE FIGUERA, y estando presentes en la Sala de Audiencias: La Juez de Juicio Número 03 Dra. Giovanna Sonia Leopardi y la Secretaria de Sala Abogado Desiree Lamas Jones, ausentes las partes quienes fueron debidamente notificadas y no se presentaron. Se procedió en primer término al cumplimiento de lo previsto en el artículo 152 del Código Orgánico Procesal Penal. Se elige por sorteo de la lista portada por la Juez Presidente del Circuito Judicial, designando a los ciudadanos Escabinos, resultando seleccionadas las siguientes personas: 1º CIUDADANO: GEORGETTE CRISTINA DA SILVA MAIO, C.I 10.470.601, 2º CIUDADANO: RAMON OMAR MARTINEZ, C.I 3.708.769, 3º CIUDADANO: ISAURA JOSEFINA PARRA BAÑEZ, C.I 8.254.295, 4º CIUDADANO: ELIZABETH DEL VALLE GUZMAN ALEMAN, C.I 4.214.777, 5º CIUDADANO: PETRONILA ANTONIA RODRIGUEZ, C.I 2.651.519, 6º CIUDADANO: IGNACIO MANZANO, C.I 1.186.321, 7º CIUDADANO: JOSE DE JESUS PARICHE GARCIA, C.I 3.168.343 y 8º CIUDADANO: JOSE LUIS MUÑOZ ACOSTA, C.I 8.301.694”
Del mismo modo, se observa el contenido de la excusa formulada por la ciudadana YSAURA JOSEFINA PARRA BAÑEZ, C.I 8.254.295 y la revisión del Sistema JURIS 2000, conduce a esta juzgadora a concluir con que ciertamente la excusada ha sido escogida como escabino en la referida causa. En consecuencia, lo ajustado es ACEPTAR LA EXCUSA PRESENTADA y proceder a la convocatoria de los Escabinos restantes por cuanto la ciudadana in comento se encuentra incursa en la causal prevista en el ordinal 1° del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal.
RESOLUCIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA excusar a la ciudadana YSAURA JOSEFINA PARRA BAÑEZ, con cédula de identidad V- 8.254.295, del cumplimiento de su deber como Escabino, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 154 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Oficina de Participación Ciudadana.
LA JUEZ DE JUICIO N° 04,
MAGALY BRADY URBÁEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. RAQUEL BOLIVAR