REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-001378


Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos: JOSE LUIS GIAMBONE CASTILLO, ADELA MARIA GIAMBONA VALLERA Y CELIDA NERKIS GIAMBONA VALLERA, venezolanos , mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 9.427.652, 11.378.181 y 11.378.573 asistidos por el abogado Manssur Adonis Gonzalez Corredor, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.000, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus SALVATORE GIAMBONA CONILLARO, quien falleció ab- intestato en la ciudad de Cumana, el 23 de enero del año 2006 del Estado Sucre.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos LUIS ENRIQUE DRUCES COROY y CARL ERNEST KOCH GONZALEZ, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles a los solicitantes su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus SALVATORE GIAMBONA CONILLARO, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. IDA TINEO DE MATA.

LA SECRETARIA,


DRA. MIRLA MATA ROJAS.