REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : BP02-S-2005-001950



Vista la anterior solicitud y sus recaudos, presentada por la ciudadana STELLA MAZUERA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 23.734.228, actuando en nombre y representación de su menor hija DAYHANA ALEXANDRA HERNANDEZ MAZUARA, quien es venezolana, menor de edad, y quien nació el 16 de Septiembre de 1.992, debidamente asistida por el Dr. ARTURO GONZALEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.097, este Tribunal en la oportunidad de decidir la misma, antes observa:
Que la presente solicitud fue presentada por la ciudadana STELLA MAZUERA HERRERA, arriba identificada, y quien actúa en representación de la menor DAYHANA ALEXANDRA HERNANDEZ MAZUARA, se puede constatar de los recaudos anexos a la solicitud, específicamente en el Acta de Nacimiento que cursa al folio 02, y del escrito presentado por la Dra. MARY LOURDES FERRER, en su carácter de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, el cual cursa al folio 12, que: la presente rectificación recae sobre la partida de nacimiento de la niña DAYHANA ALEXANDRA HERNANDEZ MAZUARA, y por cuanto este Tribunal no conoce solicitudes, ni demandas donde las partes sean menores de edad, este Tribunal DECLINA la COMPETENCIA de la presente solicitud en el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, ordenando la remisión del expediente al Tribunal competente. Líbrese Oficio y remítase el expediente, de conformidad con la Resolución N° 159 de fecha 30 de Marzo de 2.000, en su Artículo 2, Ordinal Segundo, Letra C, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial y la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,


Abog. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,


Abog. Marieugelys García Capella.


HPG/lorena.-