REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2005-004974
Vista la solicitud de Unico y Universal Herederos presentada por la ciudadana: CARMEN TAERESA GUACARAN ALVAREZ, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.170.207, debidamente asistida por el Dr. JESUS ENRIQUE TAMARA, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado con el No.113.697, evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: JOSE REINALDO ROSSI LOZADA y PEDRO CELESTINO LEON BELLO, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.261.041 y V-8.307.128 respectivamente, quienes declararon conocer de vista, trato y comunicación a la solicitante, así como de igual forma conocen a sus hermanos, ciudadanos: OSMAR GUACARAN ALVAREZ, GISELA DE LOURDES GUACARAN DE LAYA, BEATRIZ DE LOS ANGELES GUACARAN ALVAREZ, BARTOLO ENRIQUE GUACARNA ALVAREZ; VESTALIA GUACARAN ALVAREZ; ANA SOLEIDA GUACARAN DE ROSSI, JULIO CESAR GUACARAN ALVAREZ y EMILIO JOSE GUACARNA ALVAREZ, fallecido este último. Así mismo conocieron a quien en vida se llamara, ciudadana: JULIA ALVAREZ DE GUAGACARAN; quien falleció en fecha: 13 de mayo de 2001, a consecuencia de a) Hepato Carcinoma. Cardiopatia himpertenciva, Himpertención Arterial y Edema Aguda de Pulmón y el Tribunal vista las declaraciones de los testigos, así como la documentación acompañada a la solicitud, los toma como Prueba suficiente y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: Como Unicos y Universales Herederos, de la fallecida, ciudadana: JULIA ALVAREZ DE GUACARAN, a los ciudadanos: CARMEN TERESA GUACARAN ALVAREZ, OSMAR GUACARAN ALVAREZ, GISELA DE LOS LOURDES GUACARAN DE LAYA. BEATRIZ DE LOS ANGELES GUACARAN ALVAREZ, BARTOLO ENRIQUE GUACARAN ALVAREZ, VESTALIA GUACARAN ALVAREZ, ANA SOLEIDA GUACARAN DE ROSSI, JULIO CESAR GUACARAN ALVAREZ y EMILIO JOSE GUACARAN ALVAREZ (fallecido este ultimo). De conformidad con lo previsto en el Artículo 11 Ejusdem., se djan a salvo los derechos de terceros. Así mismo se deja copia certificada de este Decreto en el Archivo del Tribunal. Así se decide.
La Jueza Suplente Especial.
Abog. Helen Palacio García.
La Secretaria Temporal.
Abog. Marieugelys García Capella.