REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciséis de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-000547
Vista la solicitud presentada por la ciudadana YANNIRA DEL VALLE ZAPATA DE SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.462.000, y de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida Winston Churchill Norte, N° 6 de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad municipal, que mide; TREINTA METROS DE LARGO POR DIECIOCHO METROS DE ANCHO (30 X 18 Mts). Alinderadas de la siguiente manera NORTE: terreno que es o fue de Lionides Padrino; SUR: casa que es o fue de José Campos; ESTE: Avenida Winston Churchill Norte, que es su frente y OESTE: casa que es o fue de Yannira Zapata .Dichas bienhechurías consisten en un local comercial construido con bloques de cemento, piso de cemento y techo de acerolit. El valor invertido es la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana Yannira del Valle Zapata, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA