REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecisiete de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-000825
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JACINTO SANCHEZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.183.405 y de este domicilio actuando en representación de la sociedad mercantil Multiservicios Zeus C.A., debidamente asistidos por la abogada Nilda Mota, Inpreabogado Nª 41.890 donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la carretera nacional El Tigre- Pariaguán, sobre un lote de terreno de su propiedad que mide siete mil cuatrocientos ochenta y tres metros con veintitrés centímetros cuadrados (7.483.,23).- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Partiendo del punto identificado con las siglas L4 de coordenadas N= 983.874,43 y E=357.882,35, con dirección.- ESTE: Partiendo del punto L1 de coordenadas ya descrita en dirección Sur y una distancia de 141,7 metros hasta llegar al punto L2 de coordenadas N=983.728,30 y E=357.901,80 colinda con área de acceso común exclusivo un área total de 1.153,38 mts2, la cual a su vez colinda con terrenos de Maria Auxiliadora Cova De Luna y Fundo La Cabaña.- SUR: Partiendo del punto L2 de coordenadas indicadas se continua con dirección Sur-Oeste y a una distancia de 67,7 metros se encuentra el punto L3 de coordenadas N=983.750,97 y E=357.837,98, es lindero colinda con terreno de J S Gas Compressor C.A., OESTE: Partiendo del punto L3 de coordenadas referidas con dirección nor-oeste y a una distancia de 131,20 mts llegando a L4 punto que sirvió de inicio para la presente descripción de linderos. Este lindero colinda con el fundo Erika y la carretera El Tigre Pariaguán.- Dichas bienhechurias consta de una caseta de vigilancia con sus respectivos servicios, un modulo con dos oficinas, una cocina y dos baños, paredes de bloque, piso de cerámica con puertas y ventanas de hierro, cercada perimetralmente con ladrillos y rejas de hierro portones y puertas, lámparas y rampas de acceso en concreto así como un pozo de agua en funcionamiento.- El valor invertido es la cantidad de doscientos millones de Bolívares (Bs. 200.000.000,oo) aproximadamente y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos Juan Carlos Rivero Verde y Carlos Enrique Moreno Moreno, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la empresa MULTISERVICIOS ZEUS C.A., representada por el ciudadano JACINTO SANCHEZ MORA, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA