REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiuno de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-000726
Por cuanto de la revisión exhaustiva realizada en la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, el tribunal observa: Que del texto de la presente solicitud se evidencia que el bien inmueble objeto de la presente solicitud se encuentra ubicado en Jurisdicción del Municipio Freites del Estado Anzoátegui, y por cuanto mediante Resolución N° 1092, emanada del Consejo de la judicatura en fecha 19 de septiembre de 1991, y que fuera publicada en Gaceta oficial de la Republica de Venezuela en fecha 31 de octubre de 1991, se estableció la competencia por territorio de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en tal sentido en su articulo 3 establece: “Los Juzgado de Primera Instancia a que se refiere la presente resolución tendrán la siguiente competencia por el territorio: los que tienen su sede en Barcelona, en los Distritos Aragua, Bolívar, Bruzual, Cajigal, Freites, Cantaura, Libertad, Peñalver y Sotillo; y los que tienen sede en El Tigre en los Distritos Simón Rodríguez, Anaco, Miranda, Monagas y Guanipa”.- Entrando en Vigencia la presente Resolución en fecha 01 de Noviembre de 1991, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo expresado acuerda DECLINAR la competencia por el territorio a un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- A tal efecto se acuerda la remisión de la presente solicitud a la U.R.D.D. CIVIL – BIENES, con sede en Barcelona a los fines de su distribución.-
Désele salida al asunto en el Libro de Causa y remítase el mismo con oficio a la U.R.D.D. CIVIL _ BIENES, con sede en Barcelona.- Líbrese oficio.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA