REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-000948
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANA ISABEL MORONTA FERNANDEZ venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 4.910.467, y de este domicilio, asistida por la abogado NAHIR NATERA SARTI, e inscrito en el inpreabogado bajo el N. 106.413, solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, los cuales se encuentran ubicados en la CALLE PRIMERO DE Enero, sector Las Delicias de El Tigre, conformadas por una casa de dos plantas ,la cual se encuentran alinderadas de la siguiente manera: NORTE: casa de Héctor Sifontes; SUR: Casa de Gustavo Torres; ESTE calle primero de Enero; OESTE; casa de Josefina Sifontes.- Dicha casa consta de dos plantas : Planta Baja: Una (1) sala comedor, una (1) cocina, una (1) habitación con baño, un (1) lavandero, un (1) baño, un (1) porche, con dos pilares de tipo chaguaramo; Planta Alta: cinco (5) habitaciones, tres (3) habitaciones con baño un (1) pasillo, cercada con paredones de bloques, cerca del frente, bloque cemento y frisado con puertas y portón de metal, un (1) garaje, consistente en paredes de ladrillo rojo, la planta baja techada con platabanda, la parte de arriba o planta alta sin techar, piso de cemento, escaleras de cemento, puertas y ventanas de hierro.- El valor invertido en el local es la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: YOLMING CORDERO Y SAHIRI GARCIA, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada vivienda DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre las bienhechurias mencionada que ejerce la ciudadana ANA ISABEL MORONTA FERNANDEZ.- Devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA