REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2005-002405
Vista la solicitud presentada por la ciudadana YSBELIA PAREDES ZABALA venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 11.655.878, y de este domicilio, asistida por el abogado JESUS JOSE GUERRA, e inscrito en el inpreabogado bajo el N. 100.144 solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, los cuales se encuentran ubicados en EL SECTOR La Charneca, Avenida 15, NÚMERO 70 DE El Tigre, conformadas por una casa ,la cual se encuentran alinderadas de la siguiente manera: NORTE; casa de Xiomara Flores-; SUR::Avenida 15; ESTE; Con calle El Tigre.- OESTE; casa de Xiomara Flores- Dicha casa consta de dos (2) habitaciones, dos (2) baños, sala, comedor, cocina, lavadero, porche, de techo de zin, construida con bloques de cemento .- El valor invertido en las bienhechurias es la cantidad de CINCOMILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: IRAIMA ROJAS Y ORLANDO PALACIO, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada vivienda DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre las bienhechurias mencionada que ejerce la ciudadana YSBELIA PAREDES ZABALA- Devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA