REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintidós de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BH11-X-2006-000034
Por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal (URDD), désele entrada y háganse las anotaciones correspondientes, quedó anotado bajo el N°. BH11-X-2006-000034.
Ahora bien, este Tribunal Superior para decidir observa:
Consta en autos, Acta de Inhibición de fecha 16 de Marzo del año 2006, suscrita por la Dra. ELAINA GAMARDO LEDEZMA actuando en su condición de JUEZ TEMPORAL a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de El Tigre, mediante la cual se inhibe de conocer la causa signada con el N°. BP12-M-2006-000042, con fundamento en los ordinales 18° y 19º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Señala la ciudadana Juez en su acta de inhibición, “Me INHIBO de conocer la presente causa por las siguientes consideraciones: Por cuanto en reiteradas oportunidades se me ha declarado con lugar la inhibiciones planteadas con respecto al abogado NELSON BUCARAN DEFENDINI, en virtud de la enemistad manifiesta del mencionado abogado hacia mi persona y las ofensas e injurias proferidas a mi persona…”
Entendiendo este Tribunal Superior, que tales expresiones encajan en los ordinales antes señalados, y declaradas con lugar otras inhibiciones con respecto al mencionado abogado, considera adecuada a derecho la presente inhibición, razón por la cual la declara CON LUGAR de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, habida cuenta de que esta suficientemente probada la procedencia y fundamentación de la misma.
En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.-
El Juez Superior,
MEDARDO ANTONIO PAEZ.
La Secretaria
EGLYS VASQUEZ DE VILLARROEL.
Asunto: BH11-X-2006-000034.
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