REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-M-2006-000049
Visto el CONVENIMIENTO suscrito entre las partes, en fecha 14 de marzo de 2006, al momento de practicarse la medida de embargo preventivo decretada en el cuaderno separado de medidas Nº BN02-X-2006-000008, el cual forma parte del presente expediente, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de ésta misma Circunscripción Judicial; el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho convenimiento en los mismos términos y condiciones suscritas por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. JESÚS S. GUTIÉRREZ D.-
LA SECRETARIA,
ABOG. CARMEN CALMA H.-