REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR Y DIEGO BAUTISTA URBANEJA

En el día de hoy, Jueves veinte tres (23) de Marzo de Dos Mil Seis (2006), siendo las una y cuarenta minutos de la tarde (1:40 p.m.), acordado como esta, se trasladó y constituyó El Juez Suplente Especial Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. Jorge Luís Puentes Torres, en compañía de la abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN ESCALANTE ROJAS, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 61.437, con el carácter que tiene acreditado en auto, con motivo de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en el Juicio por DIVORCIO ORDINARIO propuesto por la ciudadana MORAIMA COROMOTO SUAREZ contra el ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR, por ante el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nro.- 02 AL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con la finalidad de practicar, MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal comitente, medida ésta que recaerá sobre EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Utilidades , Vacaciones, Bonos, Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR, portador de la Cédula de Identidad 7.610.236, como trabajador al Servicio de la Empresa FERTILIZANTES NITROGENADO DE VENEZUELA C.E.C. (FERTINITRO). Seguidamente el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor, Abogado Jorge Luís Puentes Torres, a fin de dar cumplimiento a la presente comisión se constituye en la siguiente dirección: Complejo Petroquímico José Antonio Anzoátegui, carretera de la costa Sector Jose, Instalaciones de la Empresa Fertilizantes Nitrogenados de Venezuela C.E.C. (FERTINITRO), en jurisdicción Del Municipio Bolívar, Edo Anzoátegui. Seguidamente el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor, una vez constituido en dicho sitio fue atendido por los ciudadanos EDWARD ALEJANDRO POHL MARTINEZ y YOJEIS BORGES OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de Identidad Nros. 12.762.099, y 12.403.712, Abogados debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 91.310 y 80.042 , en su condiciones de Coordinador de relaciones laborales y Asistente Legal de la empresa antes mencionada a quienes el Juez notifica y pone en conocimiento del mandamiento librado en la presente comisión y de la medida de EMBARGO PREVENTIVO a practicarse en este acto. En este estado intervienen los Notificados ya identificados, y exponen: Este Departamento de Coordinación de Relaciones Laborales de la empresa antes mencionada se da por notificado sobre la medida provisional del Cincuenta por ciento (50%) de las utilidades y prestaciones Sociales que le corresponden al ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR, portador de la C.I.V- 7.610.236, la cual procederá a lo decretado por el Tribunal de protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia sala de Juicio Juez Unipersonal Nro. 02. En este estado interviene, la Abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN ESCALANTE ROJAS, ya identificada, y expone: “ Pido al Tribunal solicite al notificado sea verificado a cuanto asciende el monto del cincuenta por ciento (50%) que le corresponde al demandado , por concepto de Prestaciones Sociales , utilidades, vacaciones, y bonos, y una vez aportada la información proceda a dar cumplimiento a la presente comisión y en consecuencia declare embargado preventivamente las cantidades que le puedan corresponder al ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR. Seguidamente el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja Abg.: Jorge Luís Puentes Torres, oída la solicitud de la parte actora Abogada MARIA DEL CARMEN ESCALANTE ROJAS, ya identificada, ordena a los notificados EDWARD POHL MARTINEZ Y YOJEIS BORGES OROPEZA, informen a este tribunal si el ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR, ya identificado, es trabajador al servicio de la empresa FERTILIZANTES NITROGENADO DE VENEZUELA C.E.C. ( FERTINITRO), asimismo informar a este Tribunal a cuanto asciende el 50% por concepto de Utilidades, vacaciones ,bonos y Prestaciones Sociales. En este estado interviene los notificados, y exponen: El ciudadano HOWARD VILCHEZ FUENMAYOR, efectivamente se desempeña como empleado permanente de esta empresa , y se consigna relación de los conceptos solicitados por la representante de la demandante y acordado por el Tribunal, en los cuales se reflejan dichos montos. En este estado interviene la abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN ESCALANTE ROJAS, ya identificada, y expone: Solicito a este Tribunal dé cumplimiento a la comisión asimismo solicito sean embargado preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de Prestaciones Sociales, vacaciones, bonos y utilidades que le puedan corresponder al ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR. Es todo. Seguidamente el Juez Suplente Especial Primero Ejecutor Abg. Jorge Luís Puentes Torres, oída la solicitud de la representante de la parte actora Abogada MARIA DEL CARMEN ESCALANTE ROJAS , y la información suministrada por los notificados Abogados EDWARD POHL MARTINEZ Y YOJEIS BORGES OROPEZA , ya identificados , pasa a dar cumplimiento a la presente comisión y en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE El cincuenta por ciento (50%) por concepto de Prestaciones Sociales, vacaciones, utilidades y bonos que le corresponden al demandado ciudadano HOWARD TRINIDAD VILCHEZ FUENMAYOR, como empleado permanente de la empresa FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA, C .E .C. (FERTINITRO).; y ordena a los notificados tramitar la retención de las cantidades de dinero por los conceptos antes indicados. Y así se declara. En este estado intervienen los notificados antes nombrados y exponen: Acatamos la orden de este Tribunal Ejecutor de medidas y asimismo damos cumplimiento a la mencionada decisión. Es todo. Seguidamente el Juez Suplente Especial Abg. Jorge Luís Puentes Torres, con esta actuación dà por cumplida la presente comisión y acuerda su devolución al Tribunal comitente original con sus resultas, y deja expresa constancia que la practica de esta medida no causo tasa, arancel o pago alguno para este Tribunal ni para ninguno de sus funcionarios.-