REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP02-L-2005-001117
Visto el contenido de la diligencia de fecha tres (03) de marzo de dos mil seis (2006), suscrita por la abogada ZOILA LUZ ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.427, en su condición de Apoderada judicial de la parte actora en el presente asunto, en la cual se evidencia su carácter en los folios dieciocho (18) y diecinueve (19) inclusive, mediante la cual desiste de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES contra la empresa FERTINITRO; este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO HECHO POR LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, contra la empresa FERTINITRO. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
El Juez,

Abg. Nohel Alzolay.
La Secretaria.

Abg. Romina Vacca.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria.

Abg. Romina Vacca.
NA/RV/ycm