REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-001048
PARTE ACTORA: WILLIAM BARRIGA FLORES; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Número 82.120.278.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO.
EMPRESA DEMANDADA: PLASTICOS MAR, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil seis, siendo las once (11:00) a.m. de la tarde oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia el ciudadano PABLO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 8.493.088, en su condición de Gerente de la empresa demandada. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195°.
El Juez
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Fabiola Pérez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11:14 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Fabiola Pérez
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