REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de febrero de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BH07-L-2005-000038
PARTE ACTORA: DOMINGO MATA; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Número 4.499.469.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO.
EMPRESA DEMANDADA: MUNICIPIO LIBERTAD DE ESTADO ANZOÁTEGUI.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy veintiocho (28) de marzo de dos mil seis, siendo las once (11:00) a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que las partes no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195°.

El Juez

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Fabiola Pérez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.

La Secretaria

Abg. Fabiola Pérez