REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2006-000460
Por recibida la anterior solicitud de PENSION DE ALIMENTOS VOLUNTARIA, a favor los niños XXXXXXXXXXXXXXXX, propuesta por su padre la ciudadana MERCEDES COROMOTO SALAZAR PACHECO, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 6.356.364, y de este domicilio, Abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.675, junto con cheque de Gerencia N° 00000878, contra el Banco Caroni, por la suma de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (BS. 130.000.00). Notifíquese por medio de boleta a la ciudadana GLADYS CELENA PEREZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.644.084, domiciliada en la Calle Bella Vista, casa N° 77, Barrio El Frío, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca al segundo día de Despacho siguiente a su notificación a los fines de que manifieste su aceptación o negativa con respecto a la Pensión de Alimentos Voluntaria propuesta a favor de sus hijos los niños XXXXXXXXXXXXXX, por su abuela, ciudadana MERCEDES COROMOTO SALAZAR PACHECO . Librese boleta y entréguesele al Alguacil asignado a este Juzgado, a los fines de que practique la citación de la ciudadana GLADYS CELENA PEREZ SALAZA, , quien se encuentra domiciliada en esta jurisdicción. Notifíquese por medio de boleta a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del inicio de la presente solicitud. Librese boleta.- Asimismo se acuerda aperturar una cuenta de Ahorros con el respectivo cheque en la Agencia Bancaria BANFOANDES, Barcelona, Estado Anzoátegui, a nombre de los referidos niños, correspondiéndole al Departamento de Contabilidad librar el oficio correspondiente a la mencionada entidad bancaria.- Cúmplase.-
LA JUEZ SUPELENTE ESPECIAL SALA N° 01.

ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-


LA SECRETARIA ACC,


Abg. HAIDEE ROMERO FLORES.