REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-001497
Por cuanto el Tribunal observa que el expediente signado con el N°. BP02-Z-2004-000260, de Prohibición de Administración de Bienes, Guarda relación con el expediente N°. BP02-S-2006-001497, relacionado con la Solicitud de Disposición de Bienes, a favor de los adolescentes “FIGUEREDO DELGADO”; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°.02, ACUERDA acumular el expediente relacionado a la de Prohibición de Administración de Bienes, al expediente de Disposición de Bienes, así mismo se acuerda, corregir su foliatura desde los folios Veintiocho (28) hasta el folio cincuenta y dos (52), ambos inclusive.- Cúmplase.-
- Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/CA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-001497
De conformidad con lo establecido en auto de ésta misma fecha, se acuerda agregar el presente expediente signado con el N°. BP02-Z-2004-000260, de Prohibición de Administración de Bienes, Guarda relación con el expediente N°. BP02-S-2006-001497, relacionado con la Solicitud de Disposición de Bienes, a favor de los adolescentes “FIGUEREDO DELGADO”.- Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/CA