REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-001647

Por recibido la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta por el ciudadano MIGUEL ENRIQUE RIVAS CARDOZO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.421.683, domiciliado en Residencia lo Cerezos, edificio 1-B, apartamento 4B, primer piso, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, asistida por la Abogada en ejercicio LUISA ZULAMEY RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.918, actuando en representación de sus hijos (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de dieciocho (18) folios útiles Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la Admite. Ofíciese al Ministerio de Educación, Caracas, a los fines de que remitan en Cheque a nombre de este Tribunal la Cuota Parte de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que les corresponde a el adolescente y la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), como herederos de su extinta madre ciudadana DAYANA DEYANIRA PACHECO GONZALEZ, quien era titular de la cédula de identidad N° 13.317.720, quien falleció Ab-Intestado el día 20-08-05. Asimismo se le informa que se ha Autorizado suficientemente a el ciudadano MIGUEL ENRIQUE RIVAS CARDOZO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.421.683, para que retire el mencionado Cheque. Librese Oficio. Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del inicio de la presente solicitud. Librese Boleta de Notificación. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA


ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/CA