REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2006-000325
Vista la diligencia de fecha 06-03-2006, suscrita por la ciudadana GLADYS DEL VALLE VASQUEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de Identidad N° 8.310.859, domiciliada en la Calle Salom N° 51, El Paraíso, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, en la cual solicita a este Tribunal se le haga entrega de su hija la adolescente XXXXXXXXXXXXXX, a quien se acuerda responsabilizarse por ella, a cuidarla, a inscribirla en una escuela especial mas cercana a su residencia y el oficio dirigido deL Instituto Nacional de Menor, Barcelona, en la cual informan que existe un cupo para la referida adolescente en la Escuela para sordos mudos ubicada en la Avenida Principal de Boyacá IV, Barcelona, en el horario de 4:00 p.m a 6:00 p.m; donde debe ser trasladada y esperada por su madre y visto el Informe social practicado en el hogar de la ciudadana GLADYS DEL VALLE VASQUEZ, por la Licenciada Noelia Díaz, Trabajadora Social adscrita a este Tribunal en donde recomienda la entrega de la adolescente a su madre, quien además sugiere que la referida adolescente reciba tratamiento medico para controlar la agresividad y que Ingrese a la escuela de Sordo mudos y orientación a la madre para mejor el control y contención sobre la adolescente; consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en Enteres Superior de la Adolescente XXXXXXXXXXXXX, Acuerda hacer entrega de la referida adolescente a su madre y representante legal ciudadana GLADYS DEL VALLE VASQUEZ, titular de la cedula de Identidad N° 8.310.859, con el compromiso de la ciudadana GLADYS DEL VALLE VASQUEZ de que la citada adolescente debe ser ingresada en el Programa de la Misión Robinsón I a los fines de cursar estudios y realizar talleres para sordo mudos y así poder aprender a comunicarse con su grupo familiar y se acuerda oficiar lo conducente a la Directora de la Case Taller de Hembras del Instituto Nacional del Menor, Seccional Anzoátegui, Barcelona. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N° 01,
ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA,
Abog. HAIDEE ROMERO FLORES.-
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