REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-000493

Por recibido el presente causa de REVISIÓN DE MEDIDA DE PROTECCIÓN, propuesta por la ciudadana MARJORIE NAYARIT GUEDEZ DE CARABALLO, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.435.787, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensora Pública Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Abogada ALCIRA HERRERA, en representación de sus hijos (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en el cual solicita la REVISIÓN DE MEDIDA DE PROTECCION, dictada por el Consejo de Protección de la ciudad de Lechería, Estado Anzoátegui. Ahora bien por cuanto este Tribunal de la revisión realizada en el sistema automatizado Juris2000 se pudo evidenciar que existe un procedimiento de Colocación Familiar, signado bajo el número BP02-V-2005-001188, propuesta por las Consejeras de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial, Abogadas MERCEDES ANGLES y SHEILA NUÑEZ, a favor de los menores ya mencionados, por ante la Sala de Juicio N° 01 de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, cuya revisión se solicita. Désele entrada. Fórmese expediente. En consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, ORDENA remitir el original del presente expediente al mencionado Tribunal para su respectiva acumulación, constante de seis (06) folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR




ADJ/el