REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-001703
Por recibida la anterior solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento y los anexos que lo acompañan, propuesta por la Ciudadana TERESA MARGARITA CAMPOS YANEZ, actuando en este acto en representación del adolescente XXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por la Defensora Publica Cuarta de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Abogada ALCIRA HERRERA, el Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada. Fórmese expediente. Anótese en el libro respectivo. Librese el edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, mediante el cual se llama todas aquellas personas que pudieren tener interés directo o manifiesto en el asunto planteado para que se haga parte en el juicio, el cual deberá ser publicado en el diario ULTIMAS NOTICIAS. Se le advierte que el acto de contestación de la demanda tendrá lugar el décimo día siguiente a la publicación y consignación en autos del referido edicto. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se acuerda instar a la parte interesada a consignar ala constancia de nacimiento vivo del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXX.
La Juez Suplente Especial N° 01
Dra. Santa Susana Figuera
La Secretaria Acc,
Abg. Haidee Romero Flores
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a lo ordenado en él.-
La Secretaria Acc,
Abg. Haidee Romero Flores