REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2005-000628
Definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia de Rectificación de Partida de Nacimiento dictada por ésta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, precédase a su ejecución, a los efectos de los artículos 502 y 774 del Código Civil, expídase copia certificada de la presente sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia éste Tribunal acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia y ordena remitir los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se acuerda la entrega de los documentos originales previa certificación en autos, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de éste Estado. Cúmplase.
La Juez Suplente Especial N° 01

Abg. Santa Susana Figuera Cabello


La Secretaria Accidental

Abg. Haideé Romero Flores