REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2006-000568
Por recibida la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, procedente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, presentada por la ciudadana STELLA MAZUERA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.734.228, actuando en representación de su hija la adolescente XXXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por el Abogado ARTURO GONZALEZ, junto con los recaudos que en ella se mencionan.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Cuarto del Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “f”. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL Nº 01
DRA. SANTA SUSANA FIGUERA
LA SECRETARIA ACC,
Abg. HAIDEE ROMERO FLORES