REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: BP02-Z-2003-000198
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia éste Tribunal, acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia a los fines legales consiguientes. Así mismo se acuerda hacer entrega de los documentos originales consignados con el libelo, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de este Estado. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL Nro. 01

DRA. SANTA SUSANA FIGUERA

LA SECRETARIA ACC,

ABG. HAIDEE ROMERO FLORES

En esta misma fecha anterior se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA ACC,

ABG. HAIDEE ROMERO FLORES