REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Anaco, 28 de Marzo de 2006
195º y 146º


Por cuanto observa este Tribunal que la presente demanda por INDEMNIZACION DE DAÑOS MATERIALES, MORALES Y LUCRO CESANTE OCURRIDO EN ACCIDENTE DE TRANSITO, propuesta por los Abogados OCTAVIO CASTELLANOS ZACARIAS, RITA ROJAS y ELIANA DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 29.658, 94.305 y 93.023 respectivamente, en su carácter de Apoderados del ciudadano: ALEXANDER POLO VELASQUEZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.965.321, domiciliado en la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo, contra el ciudadano: CARLOS JOSE GONZALEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.746.536, con domicilio en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui……………………………………………….... ……………………..
Dicha demanda fue admitida en fecha 13-10-2003, sin que la parte actora hubiese tenido interés procesal para impulsar la acción propuesta a través de la citación de la demandada, se declara la PERENCION de instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ello se hace administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Archivese el presente expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,

Dr. Víctor E. Lugo Ascanio
La Secretaria,

Abg. Fátima Rondón Itanare
VELA: bql.-
Exp. Nº 2003-2921.