REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Anaco, 29 de Marzo de 2006
195º y 147º
Por cuanto observa este Tribunal que la presente demanda por INDEMNIZACION DE DAÑOS MATERIALES, DAÑOS MORALES Y LUCRO CESANTE DERIVADOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, por Tercería, propuesta por el ciudadano JOSE ALEJANDRO SERVITAD LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.229, de este domicilio de Anaco, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: CARIPA FREDDYS JESUS, también venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.595.291, contra los ciudadanos: NARCISO LUIS SUBERO SUBERO y RAMON ANTONIO MEJIAS, venezolano, el primero, y dominicano el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.672.831 y E-81.993.034, ambos domiciliados en la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui……………………………………
Dicha demanda fue admitida en fecha 27-07-2000, sin que la parte actora hubiese tenido interés procesal para impulsar la acción propuesta a través de la citación de la demandada, se declara la PERENCION de instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ello se hace administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Archivese el presente expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Dr. Víctor E. Lugo Ascanio
La Secretaria,
Abg. Fátima Rondón Itanare
VELA:ymdep.-
Exp. Nº 2000-1687
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