En el día de hoy veintitrés (23) de Marzo de año 2006, siendo las 10:20 AM, previa habilitación del Tribunal y por el tiempo que fuere necesario el Tribunal se trasladó y se constituyó en compañía de los Co-Apoderados actores Rachid Martínez y Jorge Quejada, con Inpreabogados bajo los números: 10.923 y 63.834 respectivamente, en la sede de la Empresa Imperial Cars, C.A , ubicada en la Av. Francisco de Miranda, de ésta ciudad de El Tigre, a los fines de practicar una Medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzo´´ategui, relacionado con el Juicio por Cobro de Bolívares, formulado por Super Cauchos Rex, C.A contra la Empresa: Imperial Cars, C.A . Presente en el sitio el Ciudadano: Daniel David Ferreira Gómez, V- 11.656.387 a quien el Tribunal le notificó del motivo de su misión. Seguidamente interviene el notificado, quien asistido del Abogado Douglas Bernaez, con Inpreabogado bajo el número: 54.167, quien expone: " Con el propósito de evitar que sea practicada la Medida Ejecutiva de Embargo contra mi representada Imperial Cars, C.A ., ofrezco pagar a la demandante como suma total y definitiva tanto por capital mas costas de ejecución la suma de (Bs. 11.218.000,00), de la siguiente manera: En éste mismo acto la suma de (Bs. 10.000.000,00) en efectivo y el saldo por la suma de (Bs. 4.218.000,00), me obligo a pagar en el lapso de quince (15) días calensarios contados a partir de la presente fecha. Dicho pago ofrezco hacerlo igualmente en efectivo en la oficina del Dr. Rachid MNartínez quien deberá emitir en ésa oportunidad el recibo de pago correspondiente. En éste estado interviene el Apoderado de la parte ejecutante y expone: " Vista la oferta formulada por la demandada y por cuanto tengo instrucciones de celebrar cualquier tipo de convenio, acepto en todas sus partes el pago ofrecido y concedo el lapso señalado para la cancelación de la diferencia. En consecuencia recibo a satisfacción en ésta oportunidad la suma de (Bs. 10.000.000,00), tal como fue ofrecida. Pido al Tribunal se abstenga de practicar la Medida en vista del arreglo celebrado entre las partes, es todo". Vista la solicitud formulada por el ejecutante, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solitado, en consecuencia siendo las 10:35 AM, acuerda el regreso a su sede, es todo". Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ, (Hay sello Húmedo y Firma Ilegible)
EL NOTIFICADO Y SU ABG, QUE LO ASISTE, (Firmas Ilegibles)
LOS CO-APODERADOS ACTORES, (Firmas Ilegibles)
EL SECRETARIO, (Firma Ilegible)
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