En el día de hoy, 16 de Marzo de 2.006, siendo las Tres de la tarde, se trasladó y constituyó el Juzgado Segundo Ejecutor de medidas de los Municipios francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en compañía de la parte actora y su abogada asistente: MARJORIE YABRUDY, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.167, hasta la sede de la empresa TRAVELCA, ubicada en la Avenida Mariño, cruce con Calle Francisco de Miranda, Patio T-26, Zona Industrial, San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a los fines de llevar a la practica la medida decretada por el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial con sede en esta ciudad de El Tigre; decretada con motivo de la Demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana EMPERATRIZ TAMOY PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.229.505, en representación de su hija: CLAUDIA VALENTINA TAMOY PÉREZ, contra el ciudadano JOSE AGUSTIN PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.063.814. Comisión signada con el N° BP12-V-2006-000118, Seguidamente el Tribunal constituido en el sitio antes indicado, procede a notificar de la misión encomendada al ciudadano: FABIO BIANCO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.941.719, en su carácter de Vice-Presidente de la empresa TRAVELCA, a quien impone de lo siguiente: Que fue comisionado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de retirar Cheques equivalentes a las mensualidades correspondientes a la Obligación Alimentaria, atrasada desde el 15-02-2005, en la cual fue decretada por ese Despacho Medida de Embargo preventivo y comunicada a la mencionada empresa mediante oficio N° TP-130-05, de la misma fecha, al cual hasta la presente fecha no se le ha dado cumplimiento. En este estado interviene el notificado y expone: Consigno en este acto Cheque N° 72-74244669, por la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS ( Bs, 1.873.959,30); a nombre del Tribunal de la causa, girado contra el Banco Exterior-Agencia El Tigre, fechado 16-03-2006, y cuya relación de estos pagos se consigna para ser anexada a la presente Acta. Es todo. Seguidamente interviene la parte actora, ciudadana: EMPERATRIZ TAMOY PEREZ, arriba identificada , debidamente asistida de abogado y expone: Se deja saber a la empresa que queda pendiente conceptos requeridos, según oficio emitido por el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y el Adolescente de esta Circunscripción Judicial, N° TP-1849-05, de fecha 01-12-2005, el cual fue recibido por la empresa TRAVELCA, el 16-12-2005, y que a la fecha de hoy, aún no se ha cumplido con lo ordenado en el mismo, quedando pendiente para los próximos pagos, reservándome el derecho de cualquier otra acción legal sobre la presente causa. Es todo. Seguidamente el Tribunal hace constar que recibe en este acto el Cheque antes descrito; así como la relación de pagos consignada por la empresa TRAVELCA, en la cual se describen las fechas de los pagos efectuados al empleado: JOSE PÉREZ, desde el 14-02-2005, hasta el 25-12-2005, las utilidades correspondientes al año 2005, así como los pagos efectuados desde el 16-01-2006 hasta el 12-03-2006, ambas fechas inclusive, los cuales serán remitidos conjuntamente con las resultas de la presente comisión, al Juzgado Comitente. Es todo. Siendo las cinco de la tarde, el Tribunal ordena el regreso a su sede, Cumplida como ha sido sumisión. Es todo Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
LA PARTE ACTORA Y
SU ABOGADA ASISTENTE
EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
ASUNTO: BH15-X-2005-000047
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