REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, trece (13) de Marzo de dos mil seis (2006)
195º y 147º

ASUNTO: BP12-L-2005-000366
PARTE ACTORA: Ciudadana ZORCELIS DEL CARMEN MACHADO, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Calle 6, Nº 6, del Sector Cincuentenario, El Tigre, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.009.689.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: No constituyó.
PARTE DEMANDADA: PROMOCIONES BIZMAKER, C.A., ubicada en la Calle París, Edificio GAIN, PH, Urbanización Las Mercedes, Caracas-Venezuela.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No Constituyó.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

AUDIENCIA PRELIMINAR

Siendo las once minutos de la mañana (11:00 a.m.) del día de hoy trece (13) de Marzo del dos mil seis (2006), oportunidad previamente fijada para que tuviera lugar la instalación de la Audiencia Preliminar en este proceso, el alguacil procedió anunciar el acto, realizando en tres oportunidades el llamado de las partes involucradas en la presente causa, no compareciendo ninguna de las partes y siendo que la parte actora, no compareció, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, al llamado realizado por el Alguacil del Tribunal a la hora fijada para la Audiencia Preliminar, es por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En El Tigre, A los trece (13) días del mes de Marzo de dos mil seis (2006). Años 195º de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez Temporal

Abg. MERCEDES SANCHEZ
La Secretaria,


Abg. BRENDA CASTILLO



Se deja constancia que el presente fallo se pronunció en forma oral, se levantó la sentencia en forma de acta y la misma fue publicada a las 11:10 a.m. del día de hoy, trece (13) de Marzo del dos mil seis (2006). Asimismo, se registró el acta en el copiador de sentencias.


La Secretaria,

Abg. BRENDA CASTILLO