REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, dos de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-R-2003-000093
Vista la diligencia de fecha 10 de Junio de 2004, suscrita por la abogada JENNIFER MAGO DE PURPURA, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EVANGELIA BAUTISTA DÍAZ, parte demandante, mediante la cual desiste del presente Recurso de Apelación; este Juzgado Superior HOMOLOGA el desistimiento formulado por la parte demandante, por no ser contrario a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines consiguientes. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-R-2003-000093).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa
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