REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 18 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-002880
ASUNTO : BP01-P-2006-002880
Visto el escrito de fecha 02 de Mayo del 2006, remitido por el Fiscal Vigésima Tercera del Ministerio Público, Abogada Blanca Guevara Oropeza, en virtud del cual solicita el Sobreseimiento de la causa que se le sigue a los imputados Personas Desconocidas, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplado en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente contemplados el Articulo 170 literal b de este Ley; este Tribunal a los fines de decidir , observa: PRIMERO: Dice el escrito Fiscal " La presente causa se inicia en fecha 09 de Septiembre del 2005, en virtud de la denuncia interpuesta ante el C.I.C.P.C, sub-delegación de Barcelona, por la ciudadana CLAUDIA PATRICIA MONTIEL BELTRAN, titular de la cedula de identidad, N° E-80.337.483, domiciliada en el Boulevard 5 de Julio de Barcelona, Edificio don Eusebio, apartamento 1-C, Barcelona Estado Anzoátegui, quien expuso” Comparezco por ante este despacho con la finalidad de denunciar que me encontraba durmiendo cuando unos vecinos me despertaron para informarme que mis hijas CLAUDIA ESMERALDA, de 14 años de edad y una amiga de esta de nombre ORIANA SARMIENTO, habían llegado al Apartamento 2-D, ya que dos sujetos desconocidos se habían introducido a mi apartamento y en presencia de ellas, una vez que la atacaron se masturbaron, en presencia de estas…” Analizadas como han sido las presentes actuaciones, por las Circunstancias del caso, este Tribunal acuerda declarar con lugar y aceptar lo solicitado en virtud de los hechos explanados, no se subsumen en el tipo penal señalado y así se declara, por todo lo anterior, este Tribunal 5° de Control, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que se les sigue a los imputados DESCONOCIDOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4°, en perjuicio de las victimas Claudia Esmeralda Castro, Solange Alejandra Castro y Orina Sarmiento, todas ella ya identificadas por no existir bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N°5,
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN
LA SECRETARIA,
ABG. MARGOTH RODRIGUEZ